Bonificaciones

Bonificación por Ayuda Escolar

Se paga una sola vez en el año (marzo o abril). Abarca los niveles primario y secundario solamente. ¿Quién puede realizarlo? El titular. ¿Cuáles son los requisitos? Haber presentado los certificados de escolaridad. ¿Dónde se realiza? Oficina: En la escuela – Dirección de Recursos Humanos. Domicilio: Catamarca 640 Teléfonos: 379-4474075 (INT. 102 – Personal de Secundaria; INT. 106 – Personal de Primaria) Localidad: Corrientes – Capital Días de atención: Lunes a Viernes 08,00 – 18,00 Hs.

Bonificación por Escolaridad

La constancia de escolaridad es solicitada a las escuelas a las que asisten los hijos, y son presentadas ante la dirección del establecimiento para ser remitidas a la Dirección de Recursos Humanos. La escolaridad se paga todo el año dentro del concepto  “salario familiar”. Las constancias deben ser presentadas en marzo y en diciembre. Se abona desde preescolar hasta los 21 años (siempre que presente certificado de estudio).

¿Quién puede realizarlo? El titular. ¿Cuáles son los requisitos? Constancias de Escolaridad de los hijos. ¿Dónde se realiza? Oficina: En la escuela – Dirección de Recursos Humanos. Domicilio: Catamarca 640 Teléfonos: 379-4474075 (INT. 102 – Personal de Secundaria; INT. 106 – Personal de Primaria) Localidad: Corrientes – Capital Días de atención: Lunes a Viernes 08,00 – 18,00 Hs.

Bonificación por Nacimiento

La asignación de hijo se hará efectiva cuando se acredite tal hecho ante la repartición que liquida los haberes del agente. Si el agente es mujer y el niño lleva el apellido del padre, debe presentar una INFORMACIÓN SUMARIA “O” CUIL con historia del ANSES (donde conste que el padre no realiza aportes); “Y” una DECLARACIÓN JURADA de la policía de que el padre no trabaja en relación de dependencia. Si es madre soltera y lleva su apellido, únicamente debe presentar la partida de nacimiento.

Otra Referencia: Para el goce de este beneficio, se requerirá una antigüedad mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses. Esta asignación será abonada a un solo cónyuge. A los fines de acreditar la antigüedad exigida, a la cumplida en el último empleo, se podrá adicionar la que resulta de haber desempeñado cualquier actividad en relación de dependencia con uno o más empleadores durante los 12 (doce) meses inmediatos anteriores a la iniciación de aquel.

¿Quién puede realizarlo? El titular. ¿Cuáles son los requisitos? Certificado de Nacimiento. ¿Dónde se realiza? Oficina: En la escuela – Dirección de Recursos Humanos. Domicilio: Catamarca 640 Teléfonos: 379-4474075 (INT. 102 – Personal de Secundaria; INT. 106 – Personal de Primaria) Localidad: Corrientes – Capital Días de atención: Lunes a Viernes 08,00 – 18,00 Hs.

Bonificación Pre-Natal

La asignación de Prenatal consistirás en el pago de una suma equivalente a la asignación por hijo a partir del día en que se declare el embarazo y por un lapso de (9) nueve meses que preceden a la fecha calculada del parto. Esta circunstancia debe ser declarada al tercer mes y previa realización del exámen médico pertinente o mediante certificado médico donde exprese que la beneficiada se encuentra embarazada.

Otra Referencia: Para el goce de este beneficio se requerirá una antigüedad mínima y continuada de tres meses. La Ley 4055/85 agrega Art. 6º bis “la asignación prenatal numerosa correspondiente al estado de embarazo del tercer hijo, lo que genera el derecho al pago de la asignación por familia numerosa”.

¿Quién puede realizarlo? El titular. ¿Cuáles son los requisitos? Nota acompañada por Certificado Médico. ¿Dónde se realiza? Oficina: En la escuela – Dirección de Recursos Humanos. Domicilio: Catamarca 640 Teléfonos: 379-4474075 (INT. 102 – Personal de Secundaria; INT. 106 – Personal de Primaria) Localidad: Corrientes – Capital Días de atención: Lunes a Viernes 08,00 – 18,00 Hs.